Tu empresa tiene salida: reorganizar o liquidar con la ley.
Si tu empresa no puede pagar sus deudas, la Ley 20.720 ofrece dos caminos: reestructurar los pasivos para seguir operando, o liquidar de forma ordenada. Te ayudamos a elegir y ejecutar el correcto.
Una empresa con problemas de caja no está condenada a desaparecer. La ley distingue entre la empresa viable, que se puede salvar, y la que debe liquidarse ordenadamente.
La Ley 20.720 creó procedimientos concursales pensados para proteger la empresa viable y reestructurar su deuda, dejando la liquidación solo para cuando el negocio ya no puede continuar.
El primer paso es un diagnóstico honesto: ¿tu empresa se puede reorganizar o conviene liquidar? Eso es exactamente lo que revisamos contigo.
Reorganización o Liquidación
La ley ofrece una salida según el estado real de tu empresa.
Reorganización
- Para la empresa viable
- Reestructura pasivos y activos
- Permite seguir operando
- Acuerdo con los acreedores
Liquidación
- Para la empresa inviable
- Se realizan los bienes
- Se paga a los acreedores
- Cierre ordenado del negocio
Puede ser voluntaria (la pide la empresa) o forzosa (la pide un acreedor).
¿Tu empresa califica para reorganizarse?
La ley exige acreditar un nivel de endeudamiento y no estar ya en un juicio de liquidación.
2 o más deudas
Obligaciones vencidas por más de 90 días corridos, provenientes de obligaciones distintas.
Más de 80 UF
La suma total adeudada debe superar las 80 Unidades de Fomento.
Sin liquidación en curso
No haber sido notificada de una demanda de liquidación forzosa u otro juicio ejecutivo.
Ser empresa deudora
Personas jurídicas privadas (con o sin fines de lucro) y personas naturales de Primera Categoría.
Fuente: Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir); Ley N° 20.720, arts. 55 y 56. Cada caso se revisa en la evaluación.
Protección Financiera Concursal: respira mientras negocias.
Al abrir la reorganización, el tribunal otorga un período de protección durante el cual no se puede solicitar ni declarar la liquidación de tu empresa, ni iniciar juicios ejecutivos, ejecuciones o restituciones en juicios de arrendamiento en su contra.
Dura 60 días, prorrogables hasta por 120 días más. Es el tiempo que la ley te da para acordar con tus acreedores sin que nadie ejecute tus bienes.
Cómo funciona la reorganización, paso a paso
Solicitud
Presentamos ante el tribunal la solicitud de inicio del procedimiento con los antecedentes de la empresa.
Veedor
Se solicita la nominación de un Veedor ante la Superintendencia.
Resolución y protección
El tribunal dicta la resolución de reorganización e inicia la Protección Financiera Concursal.
Propuesta de acuerdo
Se presenta la propuesta de Acuerdo de Reorganización a los acreedores.
Junta de acreedores
Verificados los créditos, la junta vota la propuesta.
Acuerdo aprobado
Aprobado el acuerdo, tu empresa reestructura su deuda y sigue operando.
Lo que necesitas saber
¿Quién es "empresa deudora"?
Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro, y las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
¿Reorganización o liquidación?
Depende de si la empresa es viable. Si puede recuperarse, la reorganización protege la continuidad; si no, la liquidación ordena el cierre.
¿Puedo seguir operando durante el proceso?
Sí. La reorganización está diseñada precisamente para mantener la marcha del negocio mientras se reestructura la deuda.
¿Qué es la Protección Financiera Concursal?
Un período de 60 días (prorrogable hasta 120 más) en que no se puede liquidar tu empresa ni ejecutar sus bienes.
Evalúa el futuro de tu empresa hoy
La primera conversación es sin costo y sin compromiso. Analizamos la situación de tu empresa y te decimos, con claridad, si conviene reorganizar o liquidar.